La Justicia le concedió la prisión domiciliaria a Cristina Kirchner: los fundamentos de una decisión clave

El Tribunal Oral Federal N.º 2 (TOCF 2), integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, resolvió este martes concederle a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner el beneficio de prisión domiciliaria, en el marco de la causa Vialidad, donde fue condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.

Según la resolución judicial, la medida responde a una combinación de factores humanitarios, legales y de seguridad, entre ellos, su edad —superior a los 70 años— y el intento de asesinato que sufrió en septiembre de 2022. La decisión se basa en que no es posible garantizar su seguridad en un establecimiento penitenciario sin incurrir en prácticas que violen derechos constitucionales, como el aislamiento prolongado.


La defensa, encabezada por Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, había solicitado la domiciliaria en virtud del artículo 32 de la Ley 24.660 y del artículo 10 del Código Penal, que contemplan este beneficio para mayores de 70 años. Sin embargo, los jueces aclararon que dicha prerrogativa no es automática: requiere una evaluación razonada por parte del tribunal, en función de las circunstancias particulares de la persona condenada.

En este sentido, el fallo destaca que “el aseguramiento de la vida e integridad física de la condenada se torna complejo en una situación de encierro carcelario”, y que las condiciones necesarias para su seguridad personal no pueden garantizarse sin recurrir al aislamiento, lo cual sería inconstitucional y atentaría contra la finalidad resocializadora de la pena.


Uno de los puntos centrales del fallo fue el atentado sufrido por Cristina Kirchner en la puerta de su domicilio en 2022. El tribunal consideró que ese episodio, aún bajo investigación judicial, implica un riesgo latente para su vida, el cual podría agravarse si se encontrara alojada en una cárcel común, incluso bajo custodia especial.

En ese contexto, los magistrados señalaron que “el Estado no puede exigir el cumplimiento carcelario de una pena si ello conlleva la exposición del interno a potenciales situaciones de violencia intrapenitenciaria”. Y agregaron que “la alternativa de un aislamiento indefinido o prolongado no resulta compatible con los fines de la ejecución penal”.


Cristina Kirchner cumplirá la pena en su domicilio del barrio porteño de Monserrat, donde vive sola desde su mudanza posterior al atentado. Según el fallo, no podrá abandonar la vivienda salvo por motivos de fuerza mayor debidamente justificados.

Además, el tribunal dispuso la colocación de una tobillera electrónica de monitoreo, que será instalada por la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica, dependiente del Ministerio de Seguridad. La defensa había rechazado este requisito, argumentando que no existe riesgo de fuga. No obstante, los jueces señalaron que se trata de una medida obligatoria establecida por ley.

También deberá presentar una nómina de su grupo familiar, profesionales médicos, abogados y personal de custodia. La Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal será la encargada de supervisar el cumplimiento de las condiciones impuestas, con informes trimestrales al tribunal.


La resolución dejó sin efecto la citación judicial que estaba prevista para este miércoles y habilitó al tribunal a avanzar con el cómputo de pena en la causa principal. La notificación personal de la sentencia será realizada por la comisaría correspondiente al domicilio de la ex presidenta.

Con esta decisión, el caso da un nuevo giro jurídico y político, mientras aún permanece pendiente la resolución de otros tramos judiciales relacionados con el caso Vialidad.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *