“La Justicia Federal de San Martín volvió a pronunciarse contra el DNU de Javier Milei, ordenando a una prepaga retrotraer aumentos. Descubre los detalles del fallo y la postura del juez sobre la “absoluta inconstitucionalidad” del decreto”.
En un nuevo golpe para el controvertido DNU de Javier Milei, un juez federal de San Martín decidió anular los aumentos aplicados por una empresa de medicina prepaga a uno de sus afiliados. Este fallo se suma a la reciente medida cautelar dictada por la jueza federal Martina Forn.
El demandante, identificado como Luis Alberto Millet, un jubilado atendido por Galeno Argentina S.A., obtuvo la medida cautelar que ordena a la prepaga limitarse a «efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 (no sustituido) de la Ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva».
El juez subrogante Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto fundamentó su decisión en el abrupto aumento sufrido por Millet, pasando de $81,403,22 en diciembre de 2023 a $151,405,23 en enero de 2024, un aumento del 85% en un solo mes, sin previo aviso. Además, se informó otro aumento del 28,5% para febrero, generando un incremento total del 100% en un mes, situación insostenible para el jubilado con ingresos de $240,511,67.
El magistrado destacó que el demandante, quien padecía diabetes tipo 1, se encontraba en «un completo estado de incertidumbre» y sufría un «daño actual a sus derechos, el acceso a la salud, a la vida y a la propiedad privada garantizados por los artículos 17, 42 y 75 inc. 22 y 23 de la Constitución Nacional».
Además, Portocarrero cuestionó la constitucionalidad del DNU 70/2023, argumentando que modificó el marco regulatorio de las empresas de medicina prepaga y obras sociales sin seguir el proceso constitucional adecuado. Señaló que se derogaron funciones de la Autoridad de Aplicación y que el artículo 17, sustituido, eliminó la fiscalización de la razonabilidad de las cuotas.
Este nuevo fallo se suma al antecedente de la jueza Martina Forns, quien dictó la primera cautelar contra el aumento de una prepaga por el DNU de Milei. La Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires fue ordenada a readecuar las cuotas, dejando sin efecto los aumentos.
El sector de medicina prepaga enfrenta así un escenario legal desafiante, con la Justicia expresando su preocupación por la «absoluta inconstitucionalidad» del DNU y protegiendo los derechos de los afiliados ante incrementos considerados excesivos.
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