Quienes revisan la factura de luz, seguramente advirtieron que Edenor incluye en sus ítems una tasa de alumbrado público municipal. Lo que seguramente pocos saben, es que se puede dejar de pagarla. Le explicamos cómo hacer.
La Resolución ENRE 151/1996 estableció que las distribuidoras “EDENOR S.A.”, “EDESUR S.A.” y “EDELAP S.A.” deberán instrumentar en sus facturas un formato tal que permita a sus usuarios manifestar su voluntad de no abonar la tasa de alumbrado público municipal en dichas facturas.
Si bien originalmente la resolución indicaba que el importe correspondiente a la tasa de alumbrado público debería figurar en un talón independiente del de la factura propiamente dicha, troquelado de modo tal que permita su separación de la misma y el pago por el usuario en forma totalmente independiente de sus consumos por energía eléctrica, esto en la práctica no ocurre, pero hay forma de solicitar que este ítem deje de ser facturado, siempre y cuando sea el titular del servicio quien realice el trámite.
Se debe tener en cuenta que:
- En ningún caso podrá suspenderse el suministro por la falta de pago de la tasa de alumbrado público.
- No podrá percibirse penalidad ni interés alguno por la falta de pago de la tasa.
- El usuario podrá solicitar en cualquier momento, mediante su sola manifestación ante la distribuidora, que se discontinúe el procedimiento aun respecto de facturas ya emitidas e incluso vencidas, en este último caso sin perjuicio de los derechos de la distribuidora en cuanto a la percepción de la penalidad e intereses que pudiesen corresponder sobre el monto de la factura excluido el concepto de que se trata, estando a cargo de la distribuidora comunicar la discontinuidad al respectivo municipio.
Para dejar de abonar la “Tasa municipal por alumbrado público” que se encuentra en la factura de Edenor se deben seguir los siguientes pasos:
- Descargar el formulario haciendo CLICK AQUI
- Completar el 3º casillero que dice OPCION POR LA NO INCLUSION.
- Enviarlo completo al mail tasadealumbrado@edenor.com
- Edenor responde a las 48/72 hs. si ha procesado con éxito la solicitud de baja de tasa de alumbrado del servicio.
Luego de recibido el mensaje de confirmación, en las siguientes facturas Edenor ya no debería cobrar más la “Tasa municipal por alumbrado público”. El único requisito es que debe estar actualizada la titularidad.
Posteriormente a este trámite, Edenor informará al municipio y es éste el que comenzará a cobrar, junto con la Tasa por Servicios Generales, el alumbrado público, en el caso de corresponder, ya que varía según cada municipio.
(blog.mycontador.com.ar)
Hace muchos, pero muchos, MUCHÍSIMOS AÑOS que eso se podía hacer. Recuerdo que habían dicho que se podía realizar y yo lo hice. En aquel momento el trámite había que hacerlo directamente en la oficina local de EDENOR, y luego ir a la Municipalidad para completar el trámite. Yo lo pago incluido en el impuesto municipal, aunque debo comentar que casi nadie está enterado – ni siquiera en la dependencia de Municipalidad correspondiente-. No figura como ítem en el impuesto, y no aparece , al menos no aparecía en pantalla para los empleados de allí. Solo una persona que no era de atención al público, en oficina interna de esa dependencia, estaba al tanto y tenía acceso al desglose del impuesto donde estaba mencionada como uno de los servicios abonados, la iluminación de la calle.