Javier Milei designó por decreto a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema

A través de un comunicado oficial, la Presidencia explicó que la medida regirá hasta la finalización del próximo período legislativo, mientras continúa el trámite parlamentario en el Senado para el tratamiento de los pliegos. “El Gobierno Nacional no tolera ni tolerará que los intereses de la política se impongan por sobre los del pueblo argentino, bajo ninguna circunstancia”, expresó el comunicado.

Desde la Casa Rosada remarcaron que la Constitución otorga al Presidente la facultad exclusiva de seleccionar a los candidatos para la Corte, mientras que el Senado solo puede prestar su conformidad o rechazarlos en función de su idoneidad técnica. Asimismo, recordaron antecedentes similares, como la designación en comisión de Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti por parte de Mauricio Macri en 2015.

El proceso de nominación de Lijo y García Mansilla comenzó el 20 de marzo de 2024, cuando el Ejecutivo envió los pliegos al Senado. Tras cumplirse las instancias de consulta y participación ciudadana, ambos candidatos fueron entrevistados en audiencias el 21 y 28 de agosto. Sin embargo, el Senado no trató sus postulaciones durante el período ordinario ni en las sesiones extraordinarias convocadas por el Ejecutivo.

Ante esta situación y considerando la falta de avance en el Senado, el Presidente recurrió al mecanismo contemplado en el artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional, que le permite realizar nombramientos transitorios durante el receso legislativo. La medida quedará vigente hasta el final del próximo período legislativo, a la espera de que el Senado se pronuncie sobre los pliegos.

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