Con asignaciones mensuales de $78.000, estos proyectos buscan promover la inserción laboral y social de quienes más lo necesitan.
El Gobierno dio un paso importante al reglamentar los programas «Volver al Trabajo» y «Acompañamiento Social», reemplazando así al anterior programa «Potenciar Trabajo». La resolución 84/2024, publicada en el Boletín Oficial este miércoles, detalla los requisitos, beneficios y procedimientos para acceder a estos programas.
Programa “Volver al Trabajo”
Este programa, administrado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, tiene como objetivo principal desarrollar habilidades socio laborales en los participantes para mejorar sus oportunidades de inserción laboral. Los interesados en inscribirse deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber sido transferido del programa Potenciar Trabajo.
- Ser mayor de edad.
- No estar percibiendo otro tipo de beneficio social o laboral incompatible con este programa.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en el programa, como asistir a las capacitaciones y actividades laborales asignadas.
Los participantes del programa recibirán una asignación dineraria mensual fija no remunerativa de $78.000, a abonarse a mes vencido. Además, tendrán acceso a servicios de orientación laboral, capacitación, intermediación laboral, promoción para la inserción al mercado del trabajo, entre otros.
El período de vigencia del programa comenzará el jueves 11 de abril de 2024 y se extenderá por un período de 24 meses. Para inscribirse, los interesados deberán acudir a la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de su localidad o completar un formulario en línea disponible en el sitio web oficial del Ministerio de Capital Humano.
Programa “Acompañamiento Social”
Este plan está destinado a las personas transferidas del ex plan Potenciar Trabajo que formen parte de un universo específico: quienes “tengan 50 años o más en condiciones de vulnerabilidad”, o “mujeres con cuatro hijos o más menores de 18 años”, o “titulares pertenecientes a las entonces Unidades de Gestión dependientes del Poder Ejecutivo Nacional que se encuentren vinculados a situaciones especiales”.
Los requisitos para acceder al programa son similares a los de “Volver al trabajo” y los beneficiarios pueden ser:
- Trabajadores independientes que se encuentren inscriptos en el Monotributo Social o régimen que lo suplante, Monotributo categoría A y B, Trabajador independiente promovido
- Trabajadores contratados para desarrollar actividades agropecuarias.
- Trabajadores/as contratados en virtud de lo establecido en el Decreto N°551/22.
- Trabajadores que posean empleo formal registrado bajo o relación de dependencia con una remuneración bruta mensual inferior al valor de 1 salario mínimo, vital y móvil.
Los participantes de este programa recibirán un subsidio mensual por un monto de $78.000 y tendrán acceso a servicios de apoyo social, asistencia familiar, entre otros. La fecha de inicio del programa y el período de vigencia coinciden con los establecidos para el programa “Volver al Trabajo”.
Ambos programas establecen una serie de incompatibilidades, como estar percibiendo otro tipo de beneficio social o laboral incompatible, tener propiedades o activos financieros significativos, entre otros. Estas medidas buscan garantizar que los recursos lleguen a quienes realmente los necesitan y evitar situaciones de abuso o fraude.
(BorderPeriodismo)