Se trata del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), exigido para las operaciones que involucran a autos y motos usados.
La Resolución General 5505/2024 fue publicada ayer en el Boletín Oficial, en el marco de la simplificación de procesos que lleva adelante el organismo, con el fin de “generar herramientas digitales y eliminar regímenes de información innecesarios”, según destacó el ente recaudador.
En ese sentido, dispuso la eliminación del certificado CETA, exigido para las operaciones de transferencia de vehículos automotores y motovehículos, que es uno de los trámites que se realizan en todos los Registros del Automotor del país.
Te contamos las novedades de hoy:
🔵 Se eliminó la utilización del "Certificado de Transferencia de Automotores" (CETA) exigido para las operaciones de transferencia de vehículos a partir de su entrada en vigencia RG 5505 https://t.co/2IhFU1ZSFC pic.twitter.com/YqATrmqSZq— AFIPComunica (@AFIPcomunica) April 25, 2024
Fuentes del ámbito registral indicaron que esta decisión había sido solicitada hace tiempo por ese sector y que ahora, con la eliminación del CETA, se simplifican los trámites en esos Registros.
Esta medida “permite agilizar la operatoria de transferencia e inscripción de esos bienes, atento a que el organismo cuenta con la información suficiente para asegurar la correcta declaración de los contribuyentes”, subrayó la AFIP en un comunicado.
Además, destacó que el organismo se encamina hacia el “objetivo fundamental del Estado Nacional de constituir una administración pública ágil y transparente”.
“En virtud de ello, se sigue trabajando en una mejora continua y constante de los procesos vigentes y en reducir la carga administrativa y burocrática que recae en los contribuyentes”, concluyó.
(NA)