Ante la difusión de información errónea en distintos medios sobre la Resolución N° 118/2025 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) aclaró que la medida no afecta el pago de sentencias previsionales ni altera los plazos establecidos para su cumplimiento.
Según informó el organismo, la Cámara Federal de la Seguridad Social solicitó a la Corte una suspensión por 90 días para el dictado de sentencias simples en causas previsionales contra ANSES, a pedido de los juzgados federales de primera instancia (expediente 7975/2023). Se trata de una resolución interna del ámbito judicial, que no incide en el normal funcionamiento de los pagos que realiza la entidad.
Desde ANSES destacaron que la actual gestión modificó el esquema de liquidación de sentencias mediante la Resolución DEA 307/2024, acelerando los reajustes de haberes iniciales de los beneficiarios y garantizando su pago dentro del plazo dispuesto por la Justicia.
Asimismo, el organismo reiteró que no existe ninguna suspensión en los plazos de cumplimiento de pagos, sino que la prórroga dispuesta por la Corte afecta exclusivamente a los jueces de primera instancia en el dictado de sus resoluciones.